2. RECOMENDACIONES PARA EL MEJOR TRATO ENTRE INTEGRANTES DEL TRIBUNAL.

R22

RESPETO A IDENTIDADES TRANS DE PERSONAS INTEGRANTES DEL TRIBUNAL.

Respetar la identidad, la expresión de género y el nombre social de quienes integran el tribunal y de sus familiares, amistades o personas que les acompañan en algunas circunstancias.

Se deben reconocer las diferencias y favorecer el respeto de toda manifestación externa de la identidad género de una persona y cómo ella se identifica y autopercibe a sí misma. Ello se logra respetando la expresión de género manifestada en los diversos modos de hablar o vestir, modificaciones corporales, o formas de comportamiento e interacción social, entre otros aspectos, sin emitir pronunciamientos o juicios de valor que indiquen, explícita o implícitamente, que una determinada expresión no es aceptada como correcta, así como respetando el nombre social de todas las personas funcionarias y de quienes les acompañan a tribunales en algunas circunstancias. Es necesario reconocer el nombre con que las personas se autoidentifican en caso de existir diferencia entre el sexo registrado en sus documentos de identidad y la vivencia interna y personal de género. Ante este tipo de situaciones, cada persona que integra un tribunal debe respetar la forma en que cada persona funcionaria identifique a sus familiares, sus amistades o a quienes les acompañen en momentos determinados.

> Ejemplos

  • Consultar siempre a cada persona cómo desea ser identificada, sea en la comunicación presencial o remota, dirigiéndose a ella directamente, con el fin de manifestar el reconocimiento de su identidad, a través de preguntas tales como, ¿Cuál es su nombre? O ¿Como le gustaría que le llamen en el tribunal?
  • Procurar, en el caso de personas que se identifiquen a sí mismas de una forma distinta a la identidad registrada en documentos o espacios formales del tribunal, no llamarle a viva voz con su nombre legal si la persona no lo ha consentido, ni indicar frente a otras personas, en ninguna circunstancia, que existe una diferencia entre la identidad registrada en el tribunal y la forma en que quiere ser identificada en el tribunal.
  • Evitar cualquier comentario, gesto, broma o chiste, imagen o meme, en público o en privado, sea de forma presencial o remota, relacionado con la identidad, la expresión de género o el nombre social de las personas o que suponga categorizarlas o etiquetarlas por la forma en que se visten o hablan, o asumir su identidad por el aspecto físico, o que pueda producir discriminación o violencia.
  • Intervenir en una situación concreta en que otra persona, insulta, agrede verbalmente o realiza algún comentario ofensivo sobre la identidad, expresión de género o nombre social de otra persona en el tribunal, para resguardar los derechos de la persona insultada o agredida.